"..este Juez Unipersonal Nº VI de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta MEDIDA DE COLOCACIÓN FAMILIAR PROVISIONAL a favor del niño "...cuya identidad se omite por disposición del articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente...", en el hogar de la ciudadana JOSEFINA IBARRA REVETE, anteriormente identificada, de conformidad con lo establecido en los artículos 126 literal "I", 184 y 396 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Ahora bien en razón de esta declaratoria, la cual a todo evento de conformidad con la ley que rige la materia, debe entenderse que es de carácter temporal, y siendo que la Colocación Familiar aquí otorgada, tiene como objeto la guarda del niño de autos, mientras que se determina una modalidad de pr.....