declara CON LUGAR la presente AUTORIZACION JUDICIAL PARA VENDER, presentada por la ciudadana SOLMARY DAVILA DE FIGUEROA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V- 7.956.348, actuando en nombre y representación de su hijo, debidamente asistidos por la abogado NOEMI PEREZ QUIJADA, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 43.782. En consecuencia, se AUTORIZA a la ciudadana SOLMARY DAVILA DE FIGUEROA, antes identificada a representar al niño, en la venta del dieciséis coma sesenta y seis por ciento (16,66%) que le corresponde al niño, de la cuota de participación según titulo N° 0700, de la Asociación Civil Club Campestre Paracotos, inscrita el 25/09/78, bajo el N 58, folio 229, de protocolo 1ro, tomo 8 de la Oficina Subalterna del Registro del Distrito Guaicaipuro, estado Miranda, de fecha 11/03/95, fecha de adquisición 31/01/04, folio 0700. Asimismo, se deja expresa constancia que la cuota parte correspondiente a cada uno de los adolescentes de .....