Se dicto sentencia homologando el Convenimiento sobre Obligación Alimentaria, suscrito por los Ciudadanos YOHANA NOHEMY CARDENAS POTICHE y FREDDERICK FREDDERLYN REQUIZ ROJAS, titulares de las cédulas de identidad Nros° V-16.524.019 y V-15.098.822 respectivamente, por ante la Abogada ROSA E. AGUILERA, Defensora Nº 126, adscrita a la Defensoría del Niño y del Adolescente Nº 001, del Municipio Libertador del Área Metropolitana de Caracas, en beneficio de su hijo,