Se dictó resolución y vista la solicitud presentada por el ciudadano REINALDO BADILLO GARCIA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-13.769.247, así como la aceptación y juramentación hecha por el ciudadano ESTEBAN MANUEL MUÑOZ ROMERO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-6.553.073, de la niña ---------. Esta Sala de Juicio VII, le discierne el cargo con todas las consecuencias legales inherentes al mismo; y por cuanto se han cumplido todas las formalidades previstas en el artículo 110 del Código Civil, devuélvanse en original la documentación a la parte interesada. Se insta al solicitante a consignar copia fotostática de la totalidad de las actuaciones que conforman el presente asunto.