Por todas las consideraciones anteriores esta Juez Unipersonal VIII del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, AUTORIZA a la ciudadana LICETH MARALITH DIAZ TERAN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-12.832.396, a fin de que proceda a tramitar por ante la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX,) la expedición del pasaporte del adolescente XXX, de doce (12) años de edad.