Se dictó resolución mediante la cual se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la presente acción que por OBLIGACION ALIMENTARIA interpuso por ante esta Sala de Juicio la abogada CAROLINA GONZALEZ, Fiscal Nonagésima Novena del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, actuando en resguardo de los niños (cuya identificación se omite conforme a lo establecido en el artículo 65 de la LOPNA); a petición de la ciudadana MARY BARRETO COLINA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V- 10.626.894 en contra del ciudadano LUIS ALBERTO ECUER HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-3.550.449. En consecuencia, se fija una obligación alimentaria a favor del niño (cuya identificación se omite conforme a lo establecido en el artículo 65 de la LOPNA), que deberá ser sufragada por su progenitor no guardador ciudadano LUIS ALBERTO ECUER HERNANDEZ, por la suma de DOSC.....