En mérito de las anteriores consideraciones esta Sala de Juicio Novena del Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la presente demanda de REVISIÓN DE REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR que incoara el ciudadano JOSE ANTONIO HEDDERICH TURCO, actuando en representación de los niños (...), de (...) años de edad, respectivamente, contra la ciudadana MARIA GABRIELA CARDENAS GLENN, en consecuencia, se fija el siguiente Régimen de Convivencia Familiar: 1.- El padre disfrutará de la compañía de sus hijos (...), un fin de semana cada quince días, es decir, un fin de semana sí y otro no, en tal sentido, el fin de semana que le corresponda al padre, éste buscará a sus hijos el día viernes a las seis de la tarde (6:00 p.m.), en el hogar.....