este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código Civil Vigente, declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del De-Cujus JESUS ALBERTO HERNÁNDEZ, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V-2.108.488, a sus hijos MARIA VERONICA HERNANDEZ MIJARES, JESUS GREGORIO HERNANDEZ MIJARES, YOLY MARGARITA HERNANDEZ MIJARES, JOHAN JOSE HERNANDEZ MIJARES, JOEL GREGORIO HERNANDEZ MIJARES, ROSMERI JOSEFINA HERNANDEZ MIJARES, ALBERTO ENRIQUE HERNANDEZ MIJARES y JOSE ANGEL HERNANDEZ MIJARES, titulares de la cédula de identidad números: 10.512.560, 10.804.877, 13.609.157, S/N, 22.037.658, 20.754.681, 15.200.470 y 13.128.875, así como a los adolescentes (...), de (...) y (...) años de edad, respectivamente. Expídase por Secretaría copias certificadas de las actuaciones que requiera la parte interesada y remítanse anexas a oficio al Coordinador de la Oficina de Atención al Público de este Circuito Judicial, p.....