esta Sala de Juicio sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos de conformidad con lo establecido en el artículo 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE CARGA FAMILIAR, del ciudadano MARIO JESUS GARCIA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-10.863.930, a favor del adolescente (...). Devuélvase en original todas las actuaciones previa consignación de los fotostatos correspondientes. Cúmplase.-
LA JUEZ
Abg. NURYVEL A. PEÑA GONZALEZ
LA SECRETARIA,
Abg. KATERY ROJAS
NP/KR/YCEBERG.-
AP51-S-2009-000349.-