DISPOSITIVA
En merito de las anteriores consideraciones, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de Revisión de Obligación Alimentaria, a favor del adolescente XXXXXXXXXXX, solicitada por la abogada YNES DIAZ ORELLANA, Fiscal Nonagésima Primera del Ministerio Público, actuando en defensa de los intereses de la referida adolescente, representada por su progenitora, ciudadana MAYRIM HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad número 10.381.110. En consecuencia, se fija a cargo del ciudadano MIGUEL ENRIQUE HURTADO, la obligación de suministrar a su hija XXXXXXXXXXXXXXXX, un quantum Alimentario mensual por la cantidad equivalente al CINCUENTA Y SEIS POR CIENTO (56%) de un salario Mínimo Urbano, correspondiente a la cantidad de .....