Visto el Convenio de Responsabilidad de Crianza (Modificación de Custodia), presentado para su homologación por la ciudadana CARMEN ALICIA ISAQUITA, en su carácter de Fiscal Nonagésima Quinta (95°) del Ministerio Público, actuando en interés superior del niño, de once (11) años de edad, a solicitud de los ciudadanos SILVESTRE DOMINGO MORENO HERNANDEZ y JACKELINE DUBRASKA PEREZ EREU, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V.-5.597.873 y V.-13.473.443, respectivamente, se ADMITE, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa en la Ley. En consecuencia, esta Sala de Juicio Nº XII del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicha acta de convenimiento en cada una de sus partes, le imparte su aprobación e.....