En mérito de las anteriores consideraciones, esta Juez Unipersonal No. XII del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la presente acción que por Cumplimiento de Obligación de Manutención, incoada por la ciudadana BEATRIZ COROMOTO RIGUAL ACOSTA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.681.881, actuando en nombre y representación de sus hijas, en contra del ciudadano CARLOS ENRIQUE TOVAR TOLEDO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-3.660.725. En consecuencia, se condena al obligado ciudadano CARLOS ENRIQUE TOVAR TOLEDO, al pago de la cantidad de Ciento Veintitrés Mil Seiscientos Veintiséis Bolívares con Noventa Céntimos (Bs.123.626,90), correspondiente a las mensualidades no pagadas, así como los otros concept.....