Se dictó resolución mediante la cual se declara CON LUGAR la demanda que por fijación de obligación alimentaria, intentara la ciudadana LETICIA DEL CARMEN MORA, en representación legal de su hija, la niña SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, de once (11) años de edad, en contra del ciudadano PEDRO MIGUEL MARRON. En consecuencia, se fija como OBLIGACION ALIMENTARIA, mensual la cantidad de 0,48 salarios mínimos urbanos.