Se dicto Resolución mediante la cual se declaro inadmisible la presente demanda de Divorcio Contencioso, incoado por la ciudadana LILIA JOSEFINA URRUTIA APONTE, titular de la cédula de identidad N° V-11.126.319, contra el ciudadano ERIK JOSE BUSTAMANTE DUGARTE, titular de la cédula de identidad N° V-7.924.541, por cuanto hicieron omisión a los requisitos ordenados para subsanar el auto dictado en fecha 16 de marzo de 2010. Por último se ordenó el cierre y archivo y la desincorporación del archivo sede del presente asunto.