Se dictó resolución mediante la cual se declara INADMISIBLE, la presente solicitud, incoada por el ciudadano RAMON ANTONIO ROJAS CAICUTO, en virtud de que al levantarse la partida de nacimiento de la adolescente SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, el segundo nombre de la niña, aparece reflejado en forma clara, legible y correcta, tal y como se verifica en los documentos anexos.