Se dicto medida de Protección a favor del Adolescente SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN y de los niños SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, de catorce (14), seis (06) y de cinco (05) años de edad, respectivamente, consistente en Colocación Familiar a ejecutarse los dos primeros en el hogar de su tía materna, ciudadana MARGARITA DEL VALLE VÁSQUEZ SALAZAR, titular de la cedula de identidad Nº V-6.894.020, domiciliada en la Calle La Línea, Zona 2, casa Nº 125, Los Frailes de Catia, Parroquia Sucre del Municipio Libertador del Distrito Capital, y la tercera en el hogar de la ciudadana MARIA ANGELICA DIAZ INDRIAGO, titular de la cedula de Identidad Nº V-4.825.133, ubicado en al Urbanización Simón Rodríguez, Bloque 9 y 10, piso 9, letra F, apartamento 911, Municipio Libertador del Distrito Metropolitano de Caracas, todo de conformidad con lo previsto en el Articulo 126 "literal" "i", de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.