Esta Juez Unipersonal de la Sala de Juicio Nº XIV del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la presente demanda de CUMPLIMIENTO DE OBLIGACION ALIMENTARIA interpuesta por la ciudadana MBMB, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 6.928.965, actuando en nombre y representación de sus hijos XXXX, debidamente asistida en este acto por la abogada ANA ISABELLA RUIZ GUEVARA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 17.926, contra el ciudadano JLGS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.962.135. En consecuencia, se condena al obligado alimentario, supra identificado, al pago de la suma adeudada, la cual asciende a la cantidad de VEINTITRES MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 23.000.000,00) mas los intereses calculados a la tasa del doce por ciento anual, que ascienden a la suma .....