Esta Juez Unipersonal de la Sala de Juicio Nº XIV del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la presente demanda Fijación de Obligación Alimentaria incoada por la ciudadana KCAM, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.525.316, debidamente asistida por la Abogado CARMEN VICTORIA HERNANDEZ URBINA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 47.377, en representación de sus hijos XXXX, contra el ciudadano AJSC, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.880.807. En consecuencia se fija como obligación alimentaria mensual la cantidad de (0,33) salarios mínimos urbanos, lo que equivale a la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 200.000,00) mensuales, tomando como base el salario mínimo urbano mensual establecido por el Ejecutivo Nacional, mediante Decreto N° 5.318 de.....