En el día 11/07/2006, se dictó un auto mediante el cual se homologó el Convenimiento de Fijación de la Obligación Alimentaria, presentado por la ciudadana MAIGUALIDA BENITEZ, en su carácter de Defensora del Niño, Niña y Adolescente Nº 075 adscrita a la Defensoría 002, a solicitud de los ciudadanos EMELYS BRITO y CARLOS ALBERTO SUBERO GUERRA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-19.399.437 y V-16.626.488, respectivamente, a favor del niño SE OMITE NOMBRE, de un (01) año de edad.