En el día 16/06/06, se dictó sentencia mediante la cual se declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana CLARISA ALEJANDRA ÁVILA LOYO, titular de la cédula de identidad N° 13.043.756, en contra del ciudadano ANTONIO PERFECTO GARCÍA CABRERA, titular de la cédula de identidad N° 9.938.626, a favor del niño SE OMITE NOMBRE DEL NIÑO. Asimismo se acordó ratificar la medida cautelar dictada en fecha 07-04-06, sobre las prestaciones sociales que le puedan corresponder al demandado, por el equivalente a 24 mensualidades futuras o por vencerse. Asimismo, a los fines de garantizar el efectivo cumplimiento de lo adeudado por el obligado, se acordó embargar en la última quincena del mes de Junio del presente año la suma de .... y en la última del mes de Julio del año en curso la cantidad de ....... A tal efecto se acuerda librar oficio a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, comunicándole lo conducente.