En el día 21/09/06, esta Sala de Juicio, homologó el Convenimiento de Guarda Provisional, suscrito por los ciudadanos DANNY FRANCISCO BERNAL ACOSTA y ERIKA MARIA VEGA, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nº 12.685.109 y Nº 13.200.449 respectivamente, a favor de sus hijos, los niños se omiten nombres, de un seis (06), cinco (05) y dos (02) años de edad, respectivamente.