En el día de hoy 30/07/2009, se DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO, procediendo a su rectificación en forma SUMARIA de conformidad con lo establecido en el articulo 773 del Código de Procedimiento Civil. De acuerdo a lo previsto en el artículo 774 ejusdem en concordancia con lo preceptuado en el artículo 502 del Código Civil, se ordena la RECTIFICACION SUMARIA, a la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Sucre, Distrito Capital, bajo el No. 309, del libro de Registro llevado por dicho Despacho, a los fines de que sea corregido lo pertinente al apellido de la madre del niño de autos, en el sentido de que donde aparezca: "...PEREZ..." deberá decir "...OROZCO..." que es lo correcto y verdadero, dejando inalterable los demás datos. Asimismo se ordena la inclusión del número de cédula de identidad de la progenitora del niño, ya que al momento de la presentación del niño la madre se encontraba indocumentada.-