Se dictó sentencia en la que se declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano LEONARDO ENMANUEL RIVAS BARROETA, contra la sentencia de fecha 11 de febrero de 2008, dictada por Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño, Niña y Adolescente de esta misma Circunscripción Judicial que declaró con lugar la restitución internacional del niño "..se omite identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente...". SEGUNDO: Con lugar la Adhesión a la apelación interpuesta por la Fiscal Nonagésima Novena del Ministerio Público, abogado Carolina González Guevara. TERCERO: CON LUGAR las excepciones opuestas por el progenitor demandado, contenidas en los artículos 12 y 13 de la Convención sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores, por las razones establecidas en la parte motiva del presente fallo que se dan aquí por reproducidas íntegramente, vale decir, la .....