Se dictó sentencia en la que se DECLARÓ: INADMISIBLE SOBREVENIDAMENTE la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por la abog. ANTONIA TURBAY, plenamente identificada, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana PAULA CARREÑO, por violación de las garantías constitucionales del debido proceso, derecho a la defensa, tutela judicial efectiva, acceso a la justicia y del principio dispositivo, contempladas en los artículos 49 en su encabezamiento y ordinales 3, 4 y 8, y el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, contra presuntas omisiones y dilaciones ocasionadas por la Juez Unipersonal XIV de la Sala de Juicio de este Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.