Se declara: CON LUGAR la Inhibición formulada por la Dra. MARÍA GABRIELA OLAVARRÍA ALBÁN, en su carácter de Jueza Temporal Integrante de esta Corte Superior Primera, para conocer del asunto signado bajo el Nº AP51-R-2008-019885, contentivo del Recurso de Apelación interpuesto por el profesional del derecho ANDRES PARRA SUAREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 39.073, en su carácter de Apoderado de la Sucesión (...), en el juicio de Autorización para designar Albacea Testamentario signado bajo el Nº AP51-S-2008-014545, con base en la causal contenida en el numeral 15° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, y así se decide.