Se dictó sentencia en la que se DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano LEDWIN JOSÉ BOHORQUEZ ROSENDO, asistido por el abogado PEDRO FRANCISCO ARANGUREN GUALDRON, contra la sentencia de fecha trece (13) de noviembre de 2007, dictada por la Juez Unipersonal Nº XIV de la Sala de Juicio de este Circuito de Protección del Niño, Niña y Adolescente. SEGUNDO: Se niega la autorización judicial para viajar de la niña "...se omite identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente...", a la ciudad de Dubai, Emiratos Árabes, por cuanto la presente solicitud tuvo que se tramitada por el procedimiento establecido en el artículo 511 y siguientes de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, tal como expresamente lo señala la doctrina vinculante dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha veinticinco (25) de julio de 2005, con ponencia del Ma.....