Se declaró: PRIMERO: SIN LUGAR el presente recurso de apelación intentado por la ciudadana ROSA ANGELICA ESPINOZA MILLAN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, de profesión abogado, inscrita en el Inpreabogado bajo el Número 30.127, quien en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana ALICIA GONZALEZ EVORA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Número V-6.810.179, recurre contra la sentencia interlocutoria dictada en fecha veintiocho (28) de noviembre de dos mil seis (2006) por el Juez Unipersonal Número VI de la Sala de Juicio de este Circuito Judicial, a cargo del Dr. JOSÉ ANGEL RODRÍGUEZ REYES, en donde ordenó la reposición de la causa signada con el N° AP51-V-2004-000406 al estado de realizarse nuevamente la audiencia oral de juicio. SEGUNDO: como consecuencia de lo anterior se CONFIRMÓ el auto de fecha veintiocho (28) de noviembre de dos mil seis (2006), dictado por el Juez Unipersonal Número VI de la Sala de Juicio de .....