Se declaró: PRIMERO: DESESTIMADO el recurso de apelación interpuesto por la abogada BONIS MORILLO, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, ciudadanos NELLY EVA MENDEZ DE ACEVEDO y ALEXIS ACEVEDO VILLAMEDIANA, contra el auto proferido en fecha 21 de junio de 2007 por la Juez Unipersonal N° XVI de la Sala de Juicio de este Circuito Judicial, que cursa en el asunto principal signado bajo el N° AP51-V-2007-006237, contentivo del Juicio de PRIVACIÓN DE PATRIA POTESTAD intentado contra los ciudadanos JOSE LUIS MOLINA ARTEAGA y GUILLERMINA VILLANUEVA. SEGUNDO: Como corolario de la anterior declaratoria, queda firme el auto dictado en fecha 21 de junio de 2007 por la Juez Unipersonal N° XVI de la Sala de Juicio de este Circuito Judicial.