Se declara: PRIMERO: CON LUGAR, la apelación interpuesta por la ciudadana EDIMAR COROMOTO QUINTERO CAÑIZALEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V-14.015.155, actuando en interés superior de su hijo, el niño (datos que se omiten conforme artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), asistida por la bogada SORINEL CARTA, Inpreabogado Nº 48.341, en contra de la sentencia definitiva de fecha 07 de julio del año 2009, dictada por la Juez Unipersonal XV del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y Nacional de Adopción Internacional.
SEGUNDO: SE ANULA la sentencia apelada de fecha 07 de julio de 2009, dictada por la Juez Unipersonal Nº 15 del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y Nacional de Adopc.....