En mérito de las anteriores consideraciones, esta CORTE SUPERIOR SEGUNDA DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCION INTERNACIONAL, administrado justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y 211 del Código de Procedimiento Civil, declara:
UNICO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano VLADIMIR JOSÉ TORREALBA IBARRETO parte demandada en la demanda de fijación de obligación alimentaría, contra la sentencia definitiva de fecha 24 de Noviembre de 2006, dictada por el Juez Unipersonal de la Sala de Juicio IV del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial.