Declarado Inadmisible el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la Contribuyente VALORES MAYKA, S.A. en virtud de que no existe constancia alguna al expediente de la que se evidencie que el ciudadano Daniel Barrobes Cortiella, actuando presuntamente en su carácter de Vice-presidente de la contribuyente, presentó el Recurso Jerárquico y Subsidiariamente el Contencioso Tributario acompañado de la copia de los Estatutos de la Empresa que le sirviera a la Administración Tributaria para constatar su facultad para representar en vía Administrativa a la referida empresa, razón por la cual devino la inadmisibilidad del Recurso Jerárquico y por vía de consecuencia del Recurso Contencioso Tributario, conforme lo previsto en el artículo 192 literal b del Código Orgánico Tributario de 1.994.