El Tribunal ORDENA NOTIFICAR al representante legal del contribuyente RUSTIACO ORIENTE, S.A. y/o a su apoderado judicial, en su domicilio procesal, para que dentro de un lapso de treinta (30) días continuos, contados a partir de su notificación y de la constancia en autos de haberse practicado la misma, manifieste su interés en dar por concluido este proceso a través de un fallo sobre el mérito del asunto, en virtud de que se observó que la parte actora no realizó actuación alguna desde que presentó, el 29 de septiembre de 1997, diligencia donde manifiesta los puntos sobre los cuales debía versar la experticia contable promovida, de lo cual se desprende, que desde dicha fecha no ha acudido a impulsar la presente causa. Así las cosas, transcurrido el lapso supra mencionado sin que la parte actora manifieste su interés, este Tribunal declarará extinguido de pleno derecho el presente juicio por pérdida sobrevenida del interés procesal.