El Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1.- Que ACEPTA la competencia que le fuera declinada por el Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital.
2.- INADMISIBLE in limine litis, la acción de amparo constitucional ejercida por el abogado Luis Miguel Ramos Torres, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil "MANUFACTURAS MINI-BAG, C.A.", en fecha 19 de julio de 2013.-