Declarada PARCIALMENTE CON LUGAR la oposición presentada por la sociedad mercantil ÁVILA SERVICIOS MÉDICOS, C.A., y en consecuencia se revoca la medida de Embargo Ejecutivo decretada en fecha 12 de mayo de 2009 por este Tribunal; en virtud de que, por una parte, resulta claro que el Acta de Intimación de Derechos Pendientes consignada adjunta al escrito de la demanda del juicio ejecutivo, es el documento fundamental y reúne los requisitos exigidos en el artículo 212 del COT, la cual acompañó a la demanda en referencia conforme a lo previsto en el artículo 289 del COT, a los fines de su admisión y no obsta a que la Contribuyente de considerarlo conveniente, pueda oponerse a la ejecución o interponer, de ser el caso, en el ejercicio de su derecho constitucional a la defensa, los medios impugnatorios conducentes contra el acto intimatorio. Por otra parte, PROCEDE la oposición formulada al haberse comprobado la extinción de la obligación, correspondiente al Impuesto a los Activos Empresari.....