También advierte el Tribunal que en el caso del impuesto sobre patente de industria y comercio, tradicionalmente se ha presentado la discrepancia para el pago del impuesto correspondiente a aquél ejercicio fiscal en el cual la contribuyente inicia sus actividades, pues tratándose de un impuesto cuyo hecho imponible lo genera la actividad realizada y que su base imponible la constituye los ingresos brutos obtenidos en el ejercicio fiscal anterior, surge el inconveniente para ese primer ejercicio de inicio de actividades, ya que aun no se ha producido ningún ingreso bruto, por tanto, sí bien es cierto que se da el hecho imponible (la realización de la actividad), aun no se sabe cual es la base imponible. Por esa razón, algunas ordenanzas municipales, entre ellas, la del Municipio Caroní, del Estado Bolívar, han adoptado la figura del mínimo tributable, mediante la cual el contribuyente paga una cantidad determinada (mínimo tributable) al inicio de sus actividades, por concepto del im.....