Ninguna prueba aportó al proceso la contribuyente para tratar de desmentir lo aseverado por la Administración Tributaria, razón por la cual el Tribunal acogiendo la presunción de veracidad y legalidad del acto administrativo impugnado, considera procedente el rechazo de estos créditos por monto de Bs. 31.411.695,80. Así se declara.