Aportadas al proceso las pruebas con los cuales el contribuyente demuestra haber hecho la nueva inversión en activo fijo, destinado a la producción de la renta; y apreciando el Tribunal el cumplimiento, por parte de la contribuyente, de los requisitos, por los cuales se le rechazó la rebaja por nuevas inversiones, al haber aportado al proceso las originales de los certificados de las solvencias requeridas, las cuales fueron consignadas inicialmente a la Administración Tributarias, en copias simples, considera improcedente el rechazo de la rebaja por nuevas inversiones, confirmada en el acto recurrido, por la cantidad de Bs. Bs. 40.255,35. Así se declara.
En virtud de la precedente declaratoria, se considera improcedente la exigencia de pago de impuesto sobre la renta por la cantidad de Bs. 25.341,72, en el ejercicio fiscal 1983. Así se declara.