Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad mercantil SOCIEDAD ANÓNIMA NACIONAL DE GARANTÍAS RECIPROCAS PARA LA PEQUEÑA Y MEDIANA INDUSTIA, S.A (SOGAMPI), contra la Resolución (Imposición de Sanción) Nº SAT-GRTI-RC-DF-1-1052-00269 de fecha 16 de febrero de 2001, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del SENIAT, en cuyo contenido se le impone sanción de conformidad con lo establecido en el artículo 108 del Código Orgánico Tributario de 1994, por la cantidad de treinta unidades tributarias (30 UT), por cuanto la contribuyente emite facturas que no cumplen con los requisitos exigidos en la normativa, hecho que constituye infracción a los artículos 48 y 52 de la Ley de Impuesto al Consumo Suntuario y a las Ventas al Mayor en concordancia con los artíc.....