Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la Sociedad Mercantil YOKOMURO CARACAS C.A., en contra de la Resolución No. L/098.05/2010, de fecha 20 de Mayo del 2010, emanada de la Dirección Administrativa Tributaria de la Alcaldía del Municipio Chacao del Estado Miranda,
En consecuencia:
PRIMERO: Se CONFIRMA la Resolución No. L/098.05/2010, de fecha 20 de Mayo del 2010, emanada de la Dirección Administrativa Tributaria de la Alcaldía del Municipio Chacao del Estado Miranda, mediante la cual se formula un Reparo Fiscal por la cantidad de UN MILLÓN DOSCIENTOS DIECIOCHO MIL VEINTISEIS BOLÍVARES CON CINCUENTA Y DOS CÉNTIMOS (Bs. 1.218.026,52), e impone multa por la cantidad de TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CIENTO SETENTA Y CINCO BOLIVARES CON TREINTA Y TRES CÉNTIMOS (Bs. 384.175,33), por la.....