Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio y, por las razones que han sido analizadas, este Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR el recurso contencioso tributario ejercido por la recurrente ALUMINIOS VELOZ, C.A. en contra de la Resolución por Incumplimiento de deberes formales No. RIDF 283-2010-08-22, de fecha 30 de agosto de 2010, dictada por el Gerente General de Tributos del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES).
En consecuencia:
PRIMERO: Se declara la NULIDAD de la multa a dicho contribuyente en la cantidad de TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES FUERTES SIN CÉNTIMOS (Bs. F. 3.250,00), por cuanto omitió inscribirse en los registros del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES), contraviniendo la obligación establecida en el articulo 145 literal B del Código Orgánico Tributario, certific.....