Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad mercantil C.A., EDITORA EL NACIONAL, contra la Providencia MF-SENIAT-GRTICE-DR-2000-370 de fecha 03 de octubre de 2000, emanada de la Gerencia de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del SENIAT, en cuyo contenido declara improcedente la solicitud de compensación opuesta por créditos fiscales originados por Retenciones de Impuesto sobre la Renta, correspondientes al ejercicio fiscal gravable 1998, contra parte de las obligaciones tributarias originadas del Impuesto al Valor Agregado, correspondiente al período de imposición de mayo de 1999, por un monto de BOLÍVARES DIECIOCHO MILLONES QUINIENTOS MIL SIN CÉNTIMOS (Bs. 18.500.000,00), ahora BOLÍVARES FUERTES DIECIOCHO MIL QUINIENTOS SIN CÉNTIMOS (BsF. 18.500,00).....