Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad mercantil CLUB SOCIAL LAYALINA, C.A.. En consecuencia:
PRIMERO: Se CONFIRMA la Resolución SNAT-INTI-GRTI-RCA-DJT-CRA-2011-000256 de fecha 27 de junio de 2011, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del SENIAT, mediante la cual declara sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por la contribuyente el 19-08-2008, e impone sanción a la recurrente por la cantidad total de ciento cincuenta y cinco unidades tributarias (155 U.T.).
SEGUNDO: Se condena en costas a la recurrente en un tres por ciento (3%) del monto de la cuantía del recurso, en virtud de haber resultado totalmente vencido en la presente causa.