Declara CON LUGAR, el recurso contencioso tributario interpuesto por los ciudadanos por los ciudadanos Alberto Blanco-Uribe Quintero, Cristina Grajales Polanco y Marianella Morales Rojas, venezolanos, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 5.304.574, 11.663.826 Y 6.515.820, respectivamente, abogados, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 20.554, 38.964 Y 52.235, en el mismo orden, actuando en carácter de apoderados judiciales de CARVAJAL, S.A., contra la Resolución 00166 de fecha 20 de mayo de 1998, emanada del Superintendente Municipal Tributario de la Alcaldía del Municipio Autónomo Baruta del Estado Miranda, en el cual se impone reparo a la contribuyente por materia de Impuesto de Patente Industria y Comercio y multa por las cantidades de Bs. 5.728.864,61 y Bs. 11.457.729,22, respectivamente; y, en virtud de la presente decisión nula y sin efecto legal alguno.
Conforme lo dispuesto en el Artículo 327 del Código Orgánico Tributario, se condena a la Administración Tributaria.....