Declara CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente PEPSI COLA DE VENEZUELA, C.A., contra la Resolución N° 000172 de fecha 16 de octubre de 2007, emitida por la Gerencia de Fiscalización del Banco Nacional de Vivienda y Hábitat, que declaró improcedente el reintegro solicitado por la citada contribuyente por la cantidad de Bs. F. 671.972,12, por concepto de supuesta diferencia en la contribución Parafiscal prevista en la Ley del Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat concerniente al Fondo de Ahorro Obligatorio para la Vivienda (FAOV); y, en virtud de la presente decisión nula y sin efecto legal alguno.
A los fines de determinar la cantidad pecuniaria adeudada se ordena realizar una experticia complementaria del fallo, de conformidad con lo previsto en el artículo 249 del Código de Procedimiento Civil.
Esta sentencia tiene apelación en razón de la cuantía, en los términos descritos en el Artículo 278 del Código Orgánico Tributario y 10 del Decreto .....