Declara PARCIAMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por los ciudadanos Ezra Mizrachi C., Ana Helena Ulivi y Angel Sanchez R., venezolanos, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 1.736.092, 6.558.343 y 6.293.778, abogados, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 2.523, 29.403 y 43.125, en el mismo orden, actuando con carácter de apoderados de LICORERIAS UNIDAS, S.A., contra la Resolución N° HCF-SA-037, de fecha 19 de febrero de 1992, emanada del Ministerio de Hacienda, por monto total de Bs. 4.512.062,50; y, en virtud de la presente decisión se declara:
PRIMERO: Improcedente el reparo contenido en la Resolución N° HCF-SA-037 de fecha 19 de febrero de 1992, emanada del Ministerio de Hacienda, por concepto de "Honorarios Profesionales No Mercantiles Pagados Sin Retención", por la cantidad de Bs. 3.960.000,00.
SEGUNDO: Procedente el reparo contenido en la Resolución N° HCF-SA-037, de fecha 19 de febrero de 1992, emanada del Ministerio de Hacienda, por con.....