Declara PARCIALMENTE CON LUGAR, el recurso contencioso tributario interpuesto por los ciudadanos Gonzalo Álvarez Domínguez y Roberto Ruiz Báez, abogados inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 4.920 y 7.933, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados de la empresa MERRELL DOW VENEZUELA, C.A., contra la Resolución N° 1.392-9108 dictada por el Comité Ejecutivo del Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE), dictada en su reunión de fecha 11 de marzo de 1991 y notificada mediante oficio N° 210100-7200526, de fecha 21 de marzo de 1991, la cual declaró sin lugar el recurso jerárquico ejercido contra la Resolución N° D-223 del 13 de septiembre de 1990, dictada por la Dirección del mismo Instituto en el Estado Miranda, por monto total de Bs. 995.331,33. (Bs. F. 995,33); y, en virtud de la presente decisión se declara:
PRIMERO: Extinguida por Prescripción la obligación tributaria de contribuciones especiales, exigida conforme lo dispuesto en el Artículo 10, ordinal 2.....