Se declaró CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la HERMANDAD GALLEGA DE VENEZUELA, A.C., contra el Acto Administrativo MPPCTI-INCES-DRARJD-CA-OA-2012-0116 de fecha 29 de mayo de 2012, emitida de la Dirección Ejecutiva del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES), la cual declaró sin lugar la solicitud de no aportante presentada por la referida asociación y, en consecuencia, se declaró obligada como sujeto al aporte del dos por ciento (2%), y del medio por ciento (1/2%) previsto en el artículo 14 numerales 1 y 2 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES).; y en virtud de la presente decisión, nula y sin efecto legal alguno.
No hay condenatoria en costas procesales a la Administración Tributaria Parafiscal, atendiendo al criterio dictado por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia de fecha 30 de septiembre de 2009, caso: Julián Isaías Rodr.....