Se declaró SIN LUGAR, el recurso interpuesto por la empresa LICORES BUENAVENTURA C.A., contra la Resolución Sin Número de fecha 25 de mayo de 2010, emanada del Alcalde del Municipio Zamora del Estado Miranda; y, en virtud de la presente decisión, se declara válida y de plenos efectos.
Se condena en costas procesales a la recurrente, a razón del uno por ciento (1%) del monto controvertido.