"...este TRIBUNAL SUPERIOR QUINTO DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, DECLARA PROCEDENTE la solicitud de aclaratoria de sentencia planteada por los Abogados MARIA MEIDE RODRIGUEZ, HECTOR RANGEL URDANETA, ROBERTA NUÑEZ DIAZ, MARIELA PERMIA, VANESSA SANTOS HUEN y JUAQUIN DONGOROZ, titulares de las cédulas de identidad números V-14.214.162, V-14.485.464, V-15.364.528, V-13.728.829, V-15.662.775 y V-17.144.513, respectivamente, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 66.632, 108.244, 108.437, 104.892, 117.024 y 117.237, actuando en su carácter de Apoderados Judiciales del MUNICIPIO CHACAO DEL ESTADO MIRANDA, sobre el pronunciamiento Nº 1518 dictada por este Tribunal Quinto de lo Contencioso Tributario en fecha 08 de diciembre de 2008, mediante la cual se declaró Con Lugar el Recurso Contencioso Tributario interpuesto en fecha 19 de octubre de 1998..."