Este TRIBUNAL SUPERIOR QUINTO DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA SIN LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la Sociedad Mercantil “INDUSTRIAS PROLACA, C. A.”, contra la Resolución Administrativa No. 04-00-02-02-006, de fecha 15 de marzo de 2000, emanada de la Dirección de Procedimientos Jurídicos de la Contraloría General de la República mediante la cual se declara INADMISIBLE por extemporáneo el Recurso Jerárquico interpuesto contra el Reparo numero 05-00-03-081, de fecha 15 de octubre de 1999, emitido por la Dirección de Control del Sector Económico Financiero adscrita a la Contraloría General De La República, cuya firmeza fue declarada por el Órgano Administrativo de primer grado en fecha 18 de enero del 2000, en consecuencia se le impone una sanción a la recurrente de marras por la cantidad de (Bs. 6.707.031,55) (.....